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ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE

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El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes, 13 de abril, aprobó un anteproyecto de Ley de intensificación de lucha contra el fraude.

Según manifiesta el Gobierno, este anteproyecto de Ley puesto en marcha hoy por el Consejo de Ministros tiene por objetivo reducir la economía sumergida y elevar el número de contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias.

Entre otras medidas, destacamos una que afecta directamente al sector de transporte de mercancías por carretera, que es la EXCLUSION DEL RÉGIMEN DE MÓDULOS a una parte muy significativa de nuestro sector, pero además podemos relacionar las siguientes:

·         Se limita a 2.500 euros el pago en efectivo en operaciones donde participen empresarios o profesionales.

·         Tanto el pagador como el que reciba el dinero se enfrentan a multas del 25 por 100. Hacienda perdonará la sanción a la parte implicada que denuncie los hechos a la   Agencia Tributaria.

·         Todos los contribuyentes deberán informar sobre las cuentas y valores que tengan en el extranjero. La infracción acarreará una multa mínima de diez mil euros y se declara la imprescriptibilidad de las rentas no declaradas.

·         La norma facilita los embargos preventivos y demás medidas cautelares para garantizar el cobro de deudas tributarias.

·         Se fija la responsabilidad subsidiaria de los administradores de empresas carentes de patrimonio, pero con actividad regular.

·         Se excluye del régimen de módulos a aquellos empresarios que facturen menos del 50 por 100 de sus operaciones a particulares.

El texto normativo recoge modificaciones que afectan a los empresarios incluidos en el régimen de módulos. De esta forma, se fija la exclusión del Régimen de Estimación Objetiva para aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares.

Dicha exclusión sólo afectará a los empresarios cuyo volumen de rendimientos íntegros sea superior a 50.000€ anuales.

Las actividades susceptibles de exclusión son las afectadas por la retención del 1%. Entre ellas, se encuentra la albañilería, la fontanería, la carpintería y el TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA.

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