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DOCUMENTO DE CONTROL

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NUEVO DOCUMENTO DE CONTROL

                 El próximo día 5 de julio entra en vigor el nuevo Documento de Control, aprobado por la Orden del Ministerio de Fomento 2861/2012. 

                En la Orden se fijan las responsabilidades de cada una de las partes obligadas a emitir el documento de control, (carta de porte nacional), de transporte público de mercancías por carretera, el cargador contractual, es decir, quien contrata el transporte y el porteador efectivo, es decir,  transportista que realiza relamente el servicio.

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