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FORMACIÓN OBLIGATORIA EN MMPP Y EN RIESGOS VIALES

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FORMACIÓN OBLIGATORIA EN MATERIA DE MMPP PARA LOS TRABAJADORES NO CONDUCTORES.

 

El ADR obliga a formar obligatoriamente a los conductores que conduzcan vehículos con mercancías peligrosas, (el llamado coloquialmente carnet o permiso ADR del conductor), pero también obliga a la formación de trabajadores, (no conductores), que participen en la manipulación, carga, transporte y descarga de mercancías peligrosas por carretera.

 

Dicha formación obligatoria es una de las funciones establecidas para los Consejeros de Seguridad por el Real Decreto 1566/1999 del Mº de Fomento sobre Consejeros de Seguridad, y recogida en el ADR 2015 y el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, (BOE 27.02.2014).

 

Real Decreto 1566/1999: “Artículo 7. Obligaciones del consejero….. d) Que el personal implicado de la empresa haya recibido una formación adecuada y que dicha formación figura en su expediente……”

 

La ausencia de esta formación puede dar lugar a una Sanción recogida en el Baremo Sancionador del Mº de Fomento aparece con el Código GH02.04 Concepto: No porporcionar a los trabajadores que intervienen en el manejo de mercancías peligrosas la formación adecuada para prevenir riesgos ocasionales.

 

Norma infringida Art. 1.3 ADR Norma sancionadora Art. 141.5.18 LOTT GRAVE P. sanción Art. 143.1.f) LOTT Cuantía sanción 801,00.- €

 

Responsable: Empresa de quien dependan los trabajadores. 

 

FORMACIÓN DE CONDUCTORES EN RIESGOS LABORALES VIALES

 

   Los conductores profesionales debern de seguir un curso de prevención de riesgos laborales viales para conductores.

La Inspección de Trabajo, considera  que como el CAP Continuo de 35 horas se hace cada 5 años,  debiera hacerse además un curso específico, a modo orientativo sobre 5 horas, en los años que no se hace el CAP.

 

En principio no hay una obligación específica, ni tipificada una infracción o sanción específica, pero si la obligación genérica de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que ahora debido al aumento del número de accidentes, la están tomando más en cuenta, además en caso de un accidente sería muy recomendable tener a los conductores informados y formados en este apartado y de forma actualizada.

 

Más información para participar en estos cursos en:

 

Tlf 981-597500

formación@fegatramer.es

 

 

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