MODIFICACIÓN DE LAS RESTRICCIONES DE TRÁFICO EN EL ÁMBITO DE COMPETENCIA DE LA DGT, POR LA QUE EL TRANSPORTE DE FRUTAS Y VERDURAS QUEDA EXENTO
El Ministerio del Interior ha publicado el viernes 7 de abril en el BOE una resolución que modifica la normativa relativa a las restricciones de tráfico en camiones para el año 2017 en su ámbito de competencia.
Dicha modificación establece la exención para el transporte de mercancías perecederas, entendiendo como tales las recogidas en el anejo 3 del Acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas (ATP) y para el transporte de frutas y verduras frescas, siempre que se realice en vehículos que satisfagan las definiciones y normas expresadas en el anejo 1 del ATP.
En todo caso, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo.
Hay que recordar que en Cataluña y el País Vasco, que tienen competencias propias en materia de tráfico, ya no existían restricciones para este tipo de mercancías.