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OBSERVATORIOS DE COSTES 2º TRIMESTRE DE 2019 DEL MINISTERIO DE FOMENTO. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN ORDEN 1882/2012

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OBSERVATORIOS DE COSTES 2º TRIMESTRE DE 2019 DEL MINISTERIO DE FOMENTO. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN ORDEN 1882/2012

 

Con fecha de hoy 19 de Junio de 2019 se ha celebrado una nueva reunión del grupo de trabajo del Observatorio de costes, precios y actividad del transporte terrestre, con las estructuras de costes actualizadas a 30 de Abril de 2019, resumiéndose en los siguientes extremos:

Evolución de costes: suben los costes debido al aumento del precio del gasóleo en el último trimestre, configurándose mayoritariamente la subida de los costes, tanto por precio del combustible como por los costes personal y dietas.

Evolución de precios: Respecto del anterior trimestre de 2019, han bajado los precios en distancias inferiores a 100km, mientras que los precios han subido para trayectos de más de 100km.

Se sitúan todos los valores por encima del mismo trimestre de 2018.

No se aprecia estacionalidad en cuanto los precios, si se aprecia sin embargo, en la evolución de la actividad.

Evolución de la actividad: Las gráficas muestran buenos resultados en cuanto a tn/km respecto al mismo trimestre de 2018.

Se muestra una subida del 4.2 en total, 3.7 del total de transporte público, y un 4.7 en transporte internacional.

Ha sorprendido el resultado trimestral, puesto que se estimaba que se iba a producir una disminución, pero ha subido rompiendo la tendencia, sobre todo en internacional, subiendo un 4.7.

El volumen de toneladas ha aumentado en el corto recorrido.

En cuanto a toneladas transportadas sólo disminuyen en el caso del transporte internacional.

Los recorridos en vacío bajan, pero con porcentajes muy bajos, por lo que prácticamente se mantiene, sobre todo en transporte internacional.

 

ORDEN FOM/1882/2012, 1 DE AGOSTO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE LOS TRANSPORTES MERCANCÍAS POR CARRETERA

Precio y gastos del transporte

3.1 Determinación del precio de los servicios de transporte:

El precio de los servicios de transporte y, en su caso, el de otros complementarios incluidos en el contrato se determinará en éste de forma diferenciada, teniendo en cuenta las circunstancias y características particulares de explotación de cada uno de dichos servicios.

Cuando nada se haya pactado, el precio será el que resulte usual para el tipo de servicio de que se trate en la plaza y momento en que el porteador haya de recibir el envío. En ningún caso se presumirá que el transporte incluido en el contrato es gratuito.

Tampoco se presumirá la gratuidad de aquellas actuaciones preparatorias o complementarias del transporte cuya ejecución se incluya en el correspondiente contrato.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que el referido precio usual coincide con los costes medios que atribuya al tipo de transporte de que se trate el Observatorio de Costes que, en su caso, haya hecho público el Ministerio de Fomento.

Cuando el porteador tenga publicitados para conocimiento general de sus posibles clientes unos determinados precios, serán éstos los que se apliquen, salvo pacto expreso en otro sentido.

Lo dispuesto en el segundo párrafo de esta condición se dicta en ejecución de los criterios marcados por el artículo 39.4 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.

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