EXENCIONES EN LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO EN DISTINTOS PAÍSES DE LA UE
Informamos del estado de las exenciones en los tiempos de conducción y descanso en distintos países de la UE, entre otros:
Portugal: hasta el 21 de abril de 2020. o Art. 6(1): sustitución del límite máximo de conducción diaria de 9 horas por 11 horas;
o Art. 8(6): en dos semanas consecutivas, un conductor deberá tomar al menos un descanso semanal regular y un descanso semanal reducido de al menos 24 horas. La reducción no tiene que ser compensada.
o Art. 8(8): posibilidad de que el conductor tome el descanso semanal regular en el vehículo, siempre y cuando éste cuente con instalaciones para dormir adecuadas para cada conductor y el vehículo esté parado.
Francia: hasta el 19 de abril de 2020.
o Art. 6(1): sustitución del límite máximo de conducción diaria de 9 horas por 10 u 11 horas hasta dos veces por semana;
o Art. 6(2): sustitución del límite máximo de conducción semanal de 56 horas por 60 horas;
o Art. 6(3): sustitución del límite máximo de conducción quincenal de 90 horas por 102 horas.
Alemania: Transporte de bienes esenciales como alimentos, medicamentos, equipo de protección médica y combustibles. Hasta el 17 de abril de 2020.
o Art. 6(1): extensión del límite de tiempo de conducción diaria a 10 horas no más de cinco veces a la semana;
o Art. 8(6): posibilidad de tomar dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos siempre que: â–ª el conductor tome al menos cuatro períodos de descanso semanal en estas cuatro semanas consecutivas, de los cuales al menos dos serán períodos de descanso semanal regular y; la compensación de estos dos períodos de descanso semanal reducido se tome antes del siguiente período de descanso.