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UTILIZACIÓN DE MASCARILLAS EN DISTINTOS MEDIOS DE TRANSPORTE Y NÚMERO DE OCUPANTES POR TIPO DE VEHÍCULO

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UTILIZACIÓN DE MASCARILLAS EN DISTINTOS MEDIOS DE TRANSPORTE Y NÚMERO DE OCUPANTES POR TIPO DE VEHÍCULO

 

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.

 En este nueva Orden se permite que en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta 9 plazas, incluido el conductor, pueden desplazarse por cada fila de asientos 2 personas siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.

 También, se obliga que en los vehículos que, por sus características técnicas, únicamente cuenten con una única fila de asientos (cabinas de vehículos pesados, furgonetas u otros) podrán viajar como máximo 2 personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. Si estos dos requisitos no se cumplen solo podrá viajar el conductor.

 

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