Fegatramer

11 DE JUNIO DE 2020 VUELVEN LAS RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN DE CAMIONES EN EL PAÍS VASCO

Imagen.

 

11 DE JUNIO DE 2020 VUELVEN LAS RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN DE CAMIONES EN EL PAÍS VASCO

 

GOBIERNO COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Medidas especiales de regulación de tráfico

Resolución de la directora de Tráfico, por la que se deja sin efecto la resolución de 17 de Marzo de 2020 por la se levantaron excepcionalmente las Restricciones a la circulación Recogidas en los puntos segundo, tercero y cuarto de la Disposición primera de la Resolución de 20 de diciembre de 2019, de medidas especiales de Regulación de tráfico durante el Año 2020 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

 

Os informamos de la publicación de la Resolución de la Directora de Tráfico del Gobierno Vasco, que os adjuntamos, por la que se deja sin efecto la resolución de 17 de marzo de 2020 por la se levantaron excepcionalmente las restricciones a la circulación de camiones recogidas en los puntos segundo (mercancías peligrosas), tercero (vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA) y cuarto (transportes y vehículos espaciales) de las medidas especiales de regulación de tráfico previstas para el año 2020 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Esta Resolución entrará en vigor a partir de mañana jueves 11 de junio, lo que significa que las restricciones vigentes antes del levantamiento/relajación de las mismas se volverán a aplicar con normalidad.

RESTRICCIÓN ANUAL

La Resolución de medidas especiales de tráfico se adopta en virtud de lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y tiene por objeto garantizar la seguridad vial y fluidez de la circulación cuando, por el calendario de festividades de la CAPV, fines de semana, periodos coincidentes con el inicio o fin de las vacaciones estacionales, puentes festivos u otras circunstancias que puedan afectar a las condiciones de circulación.

Entre estas medidas destaca la prohibición de circular a los vehículos de transporte de mercancías en general de más de 7.500 Kg. de masa máxima autorizada o de transporte de mercancías peligrosas que deban llevar los paneles de señalización reglamentarios conforme al ADR (Acuerdo europeo sobre transportes de mercancías peligrosas por carretera).

También se prohíbe la celebración de pruebas deportivas que discurran por la vías públicas.

Creado por: versiongalega.com

Este sitio usa cookies para almacenar información necesaria para su funcionamiento. Entendemos que al visitar nuestra página está ofreciendo su consentimiento para el uso de cookies.
Leer nuestra política