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NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS

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NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS

El pasado 27 de julio se publicó el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad. El cambio más importante es que la cotización se realizará en función de los ingresos reales de los autónomos, abandonando la libertad de elección de bases que ha regido hasta ahora, y entrará en vigor el 1 de enero de 2023, cuenta con un período de aplicación transitoria hasta el año 2032.

Nueva cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

 

La nueva cotización se efectuará en función de los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales, debiendo elegir la base de cotización mensual que corresponda en función de su previsión de rendimientos netos anuales, dentro de la tabla general fijada en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado y limitada por una base mínima máxima de cotización en cada uno de sus tramos para cada año.

 

En cualquier caso, las bases elegidas tendrán carácter provisional, hasta que se proceda a su regularización en función de los rendimientos reales anuales obtenidos y comunicados por la correspondiente Administración Tributaria a partir del ejercicio siguiente respecto a cada trabajador autónomo.

Las cotizaciones sociales de los autónomos para 2023:

Son las siguientes, dependiendo del propio tramo de ingresos declarado:

-Para ingresos de 670 euros al mes o inferiores: la base mínima será de 751,63 euros al mes y la base máxima de 849,66 euros al mes.

-Para ingresos de entre 671 y 900 euros al mes: la base mínima será de 849,67 euros al mes y la base máxima de 900 euros al mes.

-Para ingresos de entre 900,01 y 1.166,69 euros al mes: la base mímima será de 898,69 euros al mes y la base máxima será de 1.166,70 euros al mes.

-Para ingresos de entre 1.166,70 y 1.300 euros al mes: la base mínima será de 950,98 euros al mes y la base máxima será de 1.300 euros al mes.

-Para ingresos de entre 1.300,01 y 1.500 euros al mes: la base mínima será de 960,78 euros al mes y la base máxima será de 1.500 euros al mes.

-Para ingresos de entre 1.500,01 y 1.700 euros al mes: la base mínima será de 960,78 euros al mes y la base máxima será de 1.700 euros al mes.

-Para ingresos de entre 1.700,01 y 1.850 euros al mes: la base mínima será de 1.013,07 euros al mes y la base máxima será de 1.850 euros al mes.

-Para ingresos de entre 1.850,01 y 2.030 euros al mes: la base mínima será de 1.029,41 euros al mes y la base máxima será de 2.030 euros al mes.

-Para ingresos de entre 2.030,01 y 2.330 euros al mes: la base mínima será de 1.045,75 euros al mes y la base máxima será de 2.330 euros al mes.

-Para ingresos de entre 2.330,01 y 2.760 euros al mes: la base mínima será de 1.078,43 euros al mes y la base máxima será de 2.760 euros al mes.

-Para ingresos de entre 2.760,01 y 3.190 euros al mes: la base mínima será de 1.143,79 euros al mes y la base máxima será de 3.190 euros al mes.

-Para ingresos de entre 3.190,01 y 3.620 euros al mes: la base mínima será de 1.209,15 euros al mes y la base máxima será de 3.620 euros al mes.

-Para ingresos de entre 3.620,01 y 4.050 euros al mes: la base mínima será de 1.274,51 euros al mes y la base máxima de 4.050 euros al mes.

-Para ingresos de entre 4.050,01 y 6.000 euros al mes: la base mínima será de de 1.372,55 euros al mes y la base máxima será de 4.139,40 euros al mes.

-Para ingresos superiores a 6.000 euros al mes: la base mínima será de 1.633,99 euros al mes y la base máxima de 4.139,40 euros al mes.

 

 

Ingreso igual o menor a 670 €

Los autónomos que ingresen una cuantía inferior o igual a 670 euros al mes, deberán pagar una cuota a la Seguridad Social comprendida entre los 230 y los 200 euros al mes. Es decir que, respecto a ahora, supondrá una reducción hasta 2025 de entre el 22% y el 32%. La cuota que pagan ahora es de 294 euros al mes.

Ingresos de hasta 900 €

Para quienes ganen hasta 900 euros al mes, la cuota que deberán abonar tendrá una horquilla que bajará, a lo largo de los tres próximos años, desde los 260 a los 220 euros al mes. La reducción respecto a lo que pagan ahora estos autónomos -294 euros al mes- estará? comprendida entre el 12% y el 25%.

 

Ingresos entre 900 y 1000 €

Para los autónomos que ingresen entre 900 y 1.000 euros al mes, deberán pagar a la Seguridad Social cada mes entre 278 y 270 euros. Por lo tanto, la reducción de cotización, respecto a ahora, en los tres próximos años, estará entre el 5% y el 8%.

Ingresos entre 1.000 y 1.300 €

La aportación del autónomo a la Seguridad Social será? de 291 euros al mes cuando tenga rendimientos netos comprendidos entre 1.000 y 1.300 euros al mes, con una leve reducción del 1% respecto a ahora.

Ingresos entre 1.300 y 1.700 €

Si los ingresos están entre 1.300 y 1.700 euros, la cuota mensual será? de 294 euros al mes, como hasta ahora ha sido la cotización de la base mínima de la Seguridad Social.

 

A partir de 1.700 €

A partir de las cifras de rendimientos netos superiores a los 1.700 euros al mes, las cuotas mensuales comienzan a subir de la forma siguiente hasta 2025: En 2023, quienes ingresen hasta 1.850 euros tendrán una cuota a la Seguridad Social de 310 euros mensuales, y de 320 en 2024. En 2025, la cuota será? de 350 euros al mes. Por lo tanto, en los tres próximos años, la aportación a la Seguridad Social supondrá? una subida de entre el 5% y el 19% respecto a la cotización actual.

Por lo tanto, entre quienes ganen 1.850 y 4.050 euros al mes, hay un tramo de subidas respecto a la cotización actual de entre el 7% y el 33% en 2023; entre el 11% y el 36% en 2024, y entre el 19% y el 67% en 2025. A partir de un rendimiento neto de 4.050 euros y hasta 6.000 euros, la cuota, a lo largo de los tres próximos años, estará comprendida entre 420 y 530 euros mensuales. Es decir, con unos incrementos de entre el 43% y el 80%. 


A partir de los 6.000 euros mensuales, los autónomos deberán abonar a la Seguridad Social en los tres próximos años entre 500 y 590 euros, con una subida de entre el 70% y el 101%.

Conviene destacar que la norma permite a los autónomos, que a 31 de diciembre de 2022 estuvieran cotizando por una base superior a la que les correspondería por sus rendimientos, mantener dicha base de cotización, o una inferior a ésta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior.

Otras modificaciones de interés:

·         Se regula la cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta propia.

·         Se modifica la cotización en situación de pluriactividad, a fin de adaptar el abono del reintegro de cuotas a la persona trabajadora que se debe efectuar por la Tesorería General de la Seguridad Social al nuevo sistema de regularización de cotizaciones provisionales.

·         La cobertura de la prestación de incapacidad temporal se hace obligatoria, con algunas excepciones residuales.

·         Se modifica la forma de fijar la base reguladora aplicable a los supuestos de cotización reducida y de cotización con sesenta y cinco o más años de edad.

·         Se da una nueva redacción objeto y ámbito de aplicación de la protección por cese de actividad, ya sea definitiva o temporal, introduciendo nuevas modalidades de acceso a esta prestación.

·         Se crea la nueva prestación autónomos de sectores de actividad afectados por el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo en su modalidad cíclica, establecido en el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores.

·         Se suprime la figura del autónomo a tiempo parcial, cuya regulación no ha sido desarrollada.


 

 

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